Blanco Encalada 3600 | NUC3906

FICHA

  • Producto Terreno Lote
  • Operación Venta
  • Barrio Belgrano
  • Sup. Total 220,00 m2
  • Sup. Lote 179,00 m2

U$S 370.000

VENTA

Blanco Encalada 3600

Belgrano

EXCELENTE LOTE EN ESQUINA. Se Puede Construir Hasta 11.60 m de Altura EN EL LOTE HAY DOS UNIDADES FUNCIONALES UNA EN PLATA BAJA Y OTRA EN PLANTA ALTA CON COCHERA , SE ENCUENTRAN SUBDIVIDIDAS MUNICIPALMENTE PARTIDAS MUNICIPALES, GAS Y LUZ.- SE PUEDEN TAMBIÉN RECICLAR.- SUPERFICIE DEL LOTE 130 M2 Unidades de Sustentabilidad de Altura Baja 2 Son las áreas de la ciudad de alturas menores, adecuadas para el desarrollo principalmente de actividades residenciales. La edificabilidad máxima se corresponde con una Altura Máxima de once metros con sesenta centímetros (11,60). (Ver más en Art. 6.2.5 La altura podrá variar si: existe algún edificio lindero Catalogado (Artículo 3.6 Anexo II o la altura del edificio lindero es mayor a la de la Unidad de Edificabilidad (Artículo 6.5.5 Se deberán tener en consideración aquellos retiros o patios que requiera la parcela para tener el área edificable final según los artículos . Extensiones vinculadas al Espacio Libre de .Manzana, 6.4.2.3 . Edificabilidad en las parcelas no alcanzadas por la L.F.I., 6.4.2.4 . Edificabilidad en las parcelas no alcanzadas por la L.I.B., 6.4.3.5 Completamiento de Tejido o Edificabilidad Esta parcela posee edificios linderos que la hace plausible al completamiento de tejido o edificabilidad según el Artículo 6.5.5 Verificar con el organismo competente su aplicación y de qué tipo. Área de Baja Mixtura del Usos de Suelo A 2: Corresponde a las áreas y corredores destinados a residencia, servicios y comercios de mediana afluencia. Los usos que resulten de aplicar las disposiciones del Cuadro de Usos del Suelo N° 3.3, de la Ley 6361. En el mismo se referencia si el rubro está permitido en el área de mixtura, la superficie máxima por unidad de uso, si requiere consulta al Consejo "C". Asimismo, se indican los requerimientos mínimos de estacionamientos, bicicletas y módulos de Carga y descarga. Las actividades productivas e industriales se encuentran permitidas en todo el ejido de la Ciudad. Éstas deben dar cumplimiento al Cuadro de Usos del Suelo Industrial 3.11.2, y al Anexo del Decreto N°86/19, reglamentación de la Ley N°2216, en donde se incorporan los requerimientos mínimos de estacionamientos, bicicletas y módulos de Carga y descarga. COMBINAR ENTREVISTA TENEMOS LLAVES EN OFICINA


*Las descripciones arquitectónicas, valores de expensas, impuestos o servicios, fotos y medidas de las propiedades son aproximados. Los datos fueron proporcionados por el propietario y pueden no estar actualizados a la hora de la visualización de este aviso por lo cual pueden arrojar inexactitudes o discordancias con las que surjan de los las facturas, títulos o planos legales del inmueble. Se pondrá a disposición del interesado la documentación necesaria a fin de realizar las verificaciones respectivas previamente a la realización de cualquier operación, requiriendo por sí o sus profesionales la documentación que corresponda.
*La oferta de este inmueble es a solo título informativo, pues la venta de la propiedad está supeditada a que su propietario cumplimente el trámite ante la AFIP para la obtención del N°. de C.O.T.I.

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